La LEY 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) que  en su Art.4.1 señala que “Los poderes públicos promoverán la adecuada satisfacción de las necesidades de transporte de los ciudadanos, […] con atención especial a las categorías sociales desfavorecidas y a las personas con capacidad reducida, así como a las zonas y núcleos de población alejados o de difícil acceso”.

Al amparo de ese texto legal, muchas administraciones regionales deciden acometer un estudio en profundidad de las concesiones de transporte interurbano que gestiona en modo de concesión. El transporte de personas es una de las facetas en las que la Ingeniería Civil actúa de lleno, siendo competencia exclusiva de esta profesión.

Nuestro caso más significativo fue el encargo realizado por la Junta de Extremadura para llevar  a cabo durante los próximos dos años el  Estudio de Reestructuración del Servicio de Transporte Público de Viajeros por Carretera de Extremadura, que tiene más de 40 años y que afecta actualmente a más de 800.000 usuarios al año.

> Ver caso de Estudio de Reestructuración del Servicio de Transporte Público de Viajeros por Carretera de Extremadura